NOTIVIDA, Año V, nº 287, 20 de abril de 2005

Ciudad de Buenos Aires, Argentina

EDUCACIÓN SEXUAL PROGAY Y OBLIGATORIA VS. PATRIA POTESTAD

Los diputados Suppa, Kravetz y Polimeni han vuelto a presentar el proyecto de educación sexual que impulsaron durante el año pasado. Lleva ahora el nº de expediente 500-d-2005, pero básicamente sigue siendo el mismo proyecto que redactó originalmente la Sociedad de Integración Gay Lésbica (SIGLA) para la diputada Juliana Marino. (Vid Notivida Nº 164, 166, 233, 246 y 247)

Durante la sesión del 14 de diciembre pasado ni el proyecto de SIGLA, ni el que en oposición a ese presentó Santiago De Estrada, alcanzaron los votos necesarios para su sanción. (Vid Notivida Nº 265 y 267)

Recordemos también que en esa oportunidad el diputado Ricardo Busacca, haciéndose eco de los reclamos de los padres de familia, se opuso a ambos proyectos; porque si bien están sustentados por filosofías antagónicas, la reglamentación e implementación de cualquier tipo de educación sexual por parte del Gobierno de la Ciudad genera fundados temores. Busacca pidió en diciembre que la materia adopte el modo “optativo y extracurricular” -cosa que ninguno de los dos proyectos en discusión preveía- para que los padres puedan exceptuar a sus hijos de las clases si lo estiman necesario. Ese mismo concepto lo plasmó este año en un proyecto de ley (exp. nº 95-d-2005) que la Comisión de educación deberá evaluar junto al de SIGLA.

Insistimos en que ningún programa curricular y obligatorio de Educación Sexual respeta la patria potestad. Los derechos de los padres sólo se respetan si esa materia es optativa y extracurricular, es decir, por ejemplo, si aún después de obtenido el consenso en una comunidad educativa, los padres que no coincidan con éste, conservan la libertad de decidir sobre la asistencia de sus hijos a esas clases.

El espíritu totalitario que impone la modalidad curricular y obligatoria, se encuentra reflejado en el proyecto de SIGLA cuando dice en los fundamentos: "Un/a alumno/a no podría pedir el pase de establecimiento ni dar equivalencias entre modalidades ni, habiendo cursado un año en una escuela, retomar sus estudios en otra, si los contenidos de la misma materia o área variasen de una escuela a la otra. Por lo tanto, dejar al arbitrio de cada unidad escolar los contenidos de un área o materia de enseñanza es conspirar contra la movilidad escolar y el espíritu democrático de la Constitución porteña, que se sostienen en la unidad del sistema escolar, evidenciada en que los contenidos enseñados en una unidad escolar de una modalidad determinada tienen un meollo básico similar a los contenidos enseñados en otra unidad escolar equivalente".(...) "La selección de contenidos mínimos de la enseñanza porteña debe reposar en la ciencia y en los consensos sociales plasmados por la Constitución. Se podrán agregar otros contenidos surgidos de las convicciones y creencias del individuo y la familia, pero no reemplazar los anteriores". (...) "Como los padres y madres deben poder elegir entre las orientaciones educativas que más se adecuen a su voluntad, las unidades escolares no tienen igual oferta de enseñanza; pero la Secretaría de Educación, para velar por la igualdad de oportunidades, garantiza que el núcleo de conocimientos informativos incluyan lo que requieren el consenso social y la evolución de la civilización". FIN

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NOTIVIDA, Año V, nº 287, 20 de abril de 2005

Editores: Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río

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