NOTIVIDA, Año IV, nº 260, 27 de noviembre 2004

Ciudad de Buenos Aires

EL CONSORCIO DE MÉDICOS CATÓLICOS RECHAZÓ PROYECTOS DE EDUCACIÓN SEXUAL

En reunión general del 23 de Noviembre de 2004 el Consorcio de Médicos Católicos de Buenos Aires, por unanimidad rechazó los dos proyectos que obtuvieron dictamen en la Comisión de educación de la Legislatura porteña. Tras analizar uno y otro proyecto, la institución concluyó que ambos son “malos para la población en general, violan los derechos de los padres en particular y atentan contra la pureza física y moral de los alumnos”. Los dos, señalaron finalmente, son además inconstitucionales. La declaración, difundida en el día de la fecha, lleva la firma de los dres. Carlos Carranza Casares, Carlos Ray y Susana Vaucheret; presidente, vicepresidente y secretaria, respectivamente, de la institución.

Ofrecemos a continuación el texto completo de la declaración:

DECLARACIÓN DEL CONSORCIO DE MÉDICOS CATÓLICOS DE Bs.As.

En reunión general del 23 de Noviembre de 2004 el Consorcio de Médicos Católicos de Buenos Aires, por unanimidad aprobó el siguiente documento:

Hace pocas semanas el Consorcio de Médicos Católicos emitió una declaración que expresaba que la verdadera educación sexual es la que brindan los padres con su ejemplo de vida, con la formación espiritual, moral e intelectual que dan a sus hijos, con la enseñanza de valores y conceptos sobre Dios, las virtudes, el amor, la pureza y la castidad y con la información que les ofrezcan referente a cuestiones anatómicas, fisiológicas y sociales y sobre sexualidad normal y patológica.

Los proyectos de Educación Sexual actualmente en estudio en la Legislatura porteña y en especial después de los últimos agregados introducidos, se han convertido en malos proyectos que desprecian la autoridad, responsabilidad y amor de los padres sobre sus hijos, avasallan de manera total los derechos y deberes de la patria potestad (Arts. 264/ 310 del Código Civil) y proponen enseñar a los niños y jóvenes conceptos sexológicos desviados y permisivos que solo llevarán a la corrupción de cuerpos, mentes y costumbres.

El proyecto original de la Sociedad gay-lesbiana y de los diputados kirschneristas Suppa y Kravetz y la macrista Polimeni propone enseñar la normalidad de las desviaciones sexuales patológicas (homosexualidad, bisexualidad, travestismo, etc); insiste en el concepto de género que se elige en vez del sexo biológico normal; impone la enseñanza explícita de métodos anticonceptivos y abortivos y muchas otras cosas reñidas con la moral y buenas costumbres.

El proyecto alternativo de otros diputados, altera fundamentalmente la idea original de escuelas para padres. Este nuevo proyecto tampoco respeta los derechos de los padres y alumnos de las escuelas públicas, y, además introduce para los establecimientos públicos y privados la enseñanza sexual obligatoria y transversal incluyéndola en las materias biología, psicología, y formación ética y ciudadana. Así, ningún padre de familia, envíe a sus hijos a escuelas públicas o los envíe a colegios privados, podrá excluirlos de esta enseñanza, haciéndosele imposible el ejercicio de sus derechos naturales, que por otra parte, están reconocidos por la ley positiva.

Todo ello es malo para la población en general, viola los derechos de los padres en particular y atenta contra la pureza física y moral de los alumnos. Ambos proyectos deben ser rechazados.

Apoyamos nuestra posición en la Constitución Nacional que en el año 1994 incluyó en ella, la Convención Internacional de los Derechos del Niño (art. 24, inc. f, de la Convención) y estableció: “Con relación al art. 24 inciso f) de la Convención de los Derechos del Niño, la República Argentina, considerando que las cuestiones vinculadas con la planificación familiar atañen a los padres de manera indelegable, de acuerdo a principios éticos y morales, interpreta que es obligación de los Estados, en el marco de este artículo, adoptar las medidas apropiadas para la orientación de los padres y la educación para la paternidad responsable”. La República Argentina hizo esta expresa reserva, que integra las condiciones de vigencia de la Convención y, por ende, a tenor del Art.75, inc.22, de la Constitución Nacional, tal prescripción tiene rango constitucional.

Reiteramos lo ya expresado en nuestra Declaración anterior: si se aprueba alguno de estos proyectos, ello será manifiestamente anticonstitucional, por lo que esperamos que así sea declarado por los Tribunales de Justicia de la Capital Federal y de la Nación.

Dr. Carlos CARRANZA CASARES, Presidente

Dr. Carlos Abel RAY, Vicepresidente

Dra. Susana P. de VAUCHERET, Secretaria

______________________________________

NOTIVIDA, Año IV, nº 260, 27 de noviembre 2004

Editores: P.Juan C. Sanahuja y Mónica del Río

Página web http://www.notivida.org

Email notivida@notivida.com.ar

Para suscribirse al boletín ingrese aquí

 ______________________________________

Citando la fuente y el autor, se autoriza la reproducción total o parcial de los artículos contenidos en cada número del boletín.