NOTIVIDA, Año
III, nº 174, 2 de octubre de 2003 María José Lubertino reemplazó, en la Cámara de
Diputados de la Nación, a partir de junio de este año, al
fallecido Alfredo Bravo. En sólo tres meses la
tenaz diputada ha presentado varios proyectos que atentan
contra la vida y la familia. Mencionamos a continuación
algunos: Exp Nº 3149-D-03, proyecto
de resolución Expresión de rechazo
al veto parcial a la Ley de salud reproductiva de la provincia
de Buenos Aires, porque excluyó a las escuelas de gestión
privada del dictado obligatorio de educación
sexual. Exp Nº 3175-D-03,
proyecto
de ley Modificación a la ley
20744, de contrato de trabajo, definiendo el régimen de acoso
sexual. Cofirmantes:
Ariel Basteiro
(PS,Bs.As.), Héctor Polino (PS,Cap.Fed.), María Elena
Barbagelata (PS,Cap.Fed.), Margarita Jarque (Frente
Grande,Bs.As.), Alicia Tazzioli (Frente Grande,Cba.), Lucrecia
Monteagudo (PI,Bs.As.); Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe),
José Roselli (Autodeterminación y Libertad, Cap.Fed.), Araceli
Méndez de Ferreyra (Frepaso,Corrientes), Marcela Bordenave
(Frepaso,Bs.As.), Patricia Walsh (Izquierda
Unida,Cap.Fed.) El
proyecto define al acoso sexual como “todo
acto, comentario reiterado o conducta con connotación sexual o
sexista u homofóbica no consentida por quien la recibe y que
perjudique su cumplimiento o desempeño laboral, educativo,
político, sindical, institucional y/o su bienestar personal”.
Configura también acoso sexual “todo acto de naturaleza
sexual, sexista u homofóbica, que sin estar dirigido a una
persona en particular, cree un clima de intimidación,
humillación u hostilidad”. Acto, conducta o comentario
homofóbico es aquel cuyo “contenido implica rechazo o
discriminación de la persona en razón de su orientación o
identidad sexual”. Recordemos
que en 1998,
cuando se modificó la Ley de Contrato de Trabajo, aumentando
los montos indemnizatorios si el despido del trabajador se
produjo por discriminación, el entonces presidente Menem vetó
parcialmente la ley, eliminando la discriminación por
“orientación sexual". Exp Nº 3608-D-03,
proyecto
de ley
Modificación
del articulo 1º de la ley 23592, antidiscriminatoria, sobre
actos u omisiones discriminatorias que tienden a la
segregación. Cofirmantes: Oscar
González (PS,Bs.As.), Héctor Polino (PS,Cap.Fed.), Rubén
Giustiniani (PS,Sta.Fe), María Elena Barbagelata
(PS,Cap.Fed.), José Roselli (Autodeterminación y
Libertad,Cap.Fed.), Margarita Jarque (Frente Grande,Bs.As.);
Alicia Tazzioli (Frente Grande,Cba.), Irma Roy
(Nvo.País,Cap.Fed.); Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe),
Marcela Bordenave (Frepaso,Bs.As.), Patricia Walsh (Izquierda
Unida,Cap.Fed.) El
artículo 1º
de la ley 23592, actualmente
menciona las discriminaciones que violan “los derechos y
garantías fundamentales reconocidos en la Constitución
Nacional”. El proyecto incorpora, de
modo expreso, la
discriminación por orientación o preferencia sexual y por
identidad o expresión de género, considerando
actos u omisiones discriminatorias que tienden a la
segregación a los que “impliquen distinción, exclusión,
restricción o menoscabo”. Sería el único tipo de
“discriminación” particularmente mencionado.
Cabe
destacar que el proyecto responde a un viejo reclamo que la
Comunidad Homosexual Argentina –CHA- llevara a la Comisión de
Derechos Humanos de la Cámara de diputados. Exp Nº 3796-D-03,
proyecto
de ley Programa Nacional de Educación para la Salud Sexual y
Reproductiva. Cofirmantes:
Jorge Rivas
(PS,Bs.As.), Irma Foresi (PJ,Sta.Fe), Aldo Neri
(UCR,Cap.Fed.), María Elena Barbagelata (PS,Cap.Fed.), Lila
Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe), Ariel Basteiro (PS,Bs.As.),
Marta Di Leo (UCR,Bs.As.), Irma Parentella (Frente
Grande,Cap.Fed.), Griselda Herrera (PJ,La Rioja), María del
Carmen Rico (PJ,Bs.As.), Eduardo Macaluse (ARI,Bs.As.),
Fernando Melillo (Frente Grande,Cap.Fed.) y Hugo Storero
(Alianza,Sta.Fe) El
proyecto prevé contenidos como: orientación sexual e identidad
de género, derechos sexuales y reproductivos, salud sexual y
reproductiva. Los padres no podrán exceptuar a sus hijos de
estas clases, que deberán dictarse en todos los colegios, sean
éstos de gestión pública o privada. Exp Nº 4106-D-03,
proyecto
de ley
Regula
la atención sanitaria de “embarazos incompatibles con la vida
extrauterina”. Cofirmantes:
Margarita Jarque
(Frente Grande,Bs.As.); Patricia Walsh (Izquierda
Unida,Cap.Fed.), María Elena Barbagelata (PS,Cap.Fed.), Rubén
Giustiniani (PS, Sta.Fe), Jorge Rivas (PS,Bs.As.), Marcela
Bordenave (Frepaso,Bs.As.), Enrique Tanoni (PJ,Salta); Eduardo
García (PS,Córdoba); Lila Puig de Stubrin (Alianza,Sta.Fe),
Ariel Basteiro (PS,Bs.As.) y María Nilda Sodá
(UCR,Misiones) Legaliza el aborto en casos de anencefalia u otras
patologías incompatibles con la vida
extrauterina. Agreguemos
finalmente que, por diversos medios, la diputada Lubertino ha
anunciado que presentará un proyecto de ley que regula la
atención sanitaria en casos de aborto no
punible. Según lo anticipado,
el proyecto intenta manipular ideológicamente el art. 86 del
Cód. Penal. El
art 86 inc. 1º del Código Penal no penaliza el aborto
“si se ha hecho con el
fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y
si este peligro no puede ser evitado por otros
medios”.
El proyecto interpreta que el
peligro para la vida de la mujer puede ser físico, psíquico
y/o social,
por
lo que el aborto podría ser indicado por un profesional
distinto del médico. Presume, además, la
existencia de peligro para la salud psíquica en casos de
violación por lo que legaliza el aborto en esos casos, en
forma automática y sin más justificativos.
FIN __________________________________________________________ NOTIVIDA,
Año
III, nº 174, 2 de octubre de 2003 Editores:
Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río Página
web http://www.notivida.org Email
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