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NOTIVIDAAño XVII, Nº 1048, 23 de mayo de 2017

Santa Fe

CASO GRÁVIDA: ¿EL COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE STA. FE OBEDECIÓ A LA JUSTICIA?

En el día de ayer el Colegio de psicólogos de Sta. Fe emitió un nuevo comunicado en el que afirma haber cumplido con todo lo que la Cámara de Apelaciones en lo Penal le intimó a hacer respecto a la sanción que pretende imponerle a la psicóloga de Grávida. Pero no queda claro que el Colegio haya efectivizado todas las medidas ordenadas por la justicia ¿incurrió en desobediencia a la autoridad?

Los antecedentes del caso

La psicóloga de pediatría del Hospital Iturraspe, Mirna Embón, denunció ante el Colegio de Psicólogos de Santa Fe a una voluntaria de Grávida que asistió a una menor embarazada tras una violación. A raíz de esto, el Colegio decidió sancionar a María Belén Catalano, psicóloga de Grávida, con “apercibimiento público y suspensión de la matrícula por el término de seis meses” (Vid Notivida Nº 1043). La pretendida sanción fue publicada por el Colegio el 26 de abril y difundida en varios medios por su presidente, Mónica Niel.

El 28 de abril la Cámara de Apelaciones en lo Penal le notificó al Colegio que las sanciones impuestas a la psicóloga de Grávida habían sido apeladas, por lo que quedaban en suspenso “hasta tanto el acto administrativo que las impuso no esté firme”. La Cámara lo intimó para que en el término, perentorio e improrrogable de 24 horas, cese y suprima toda publicación, comunicación, reproducción, divulgación y/o difusión que por cualquier medio ese Colegio haya realizado en relación con la situación profesional de la psicóloga Catalano.

Las novedades

En el comunicado difundido ayer se afirma que ”el Colegio ha cumplimentado todo lo requerido”, pero la entidad nunca dejó de darle difusión a la sanción apelada, que sigue publicada en su web.

Cualquiera que ingrese en http://www.cpsf.org.ar/noticias/ver/519 puede corroborar que la sanción sigue allí. También existe el registro en caché de Google que permite verificar que, al menos, hasta el 17 de mayo estuvo publicada.

Cabe preguntarse finalmente si el Colegio, al mantener la publicación en su web, no incurrió en el delito de desobediencia a la autoridad judicial tipificado en el artículo 239 del Código Penal. 

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NOTIVIDA, Año XVII, Nº 1048, 23 de mayo de 2017

Editora: Lic. Mónica del Río

Página web: www.notivida.org

Email: notivida@hotmail.com

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