NOTIVIDA, Año I, 01 de agosto de 2001 - CODIGO DE ÉTICA DE LA AMA: Médicos católicos disienten. - SALUD REPRODUCTIVA: abogados afirman que la Cámara de Diputados no se puede expedir sobre políticas de población. Médicos disienten con un Código de ética Buenos Aires, AGO 1 2001(AICA): A raíz de la publicación por la Asociación Médica Argentina del "Código de Etica para el Equipo de Salud", varios médicos católicos expresaron su desacuerdo con puntos como fertilización asistida, criopreservación y experimentación de embriones, anticoncepción y aborto; entre aquéllos, los doctores Carlos Alberto Carranza Casares, Angel Centeno Y Raúl A. Devoto, quien además renunció como miembro de la mencionada entidad. El doctor Carranza Casares, dirigiéndose al presidente de la Asociación Médica Argentina, profesor doctor Elías Hurtado Hoyos, le solicita en su nota que "quede perfectamente en claro que, el menos en mi caso, sólo he sido consultado con relación a los capítulos 33 y 34. Aun cuando sus textos ya estaban confeccionados -agrega-, formulé algunas sugerencias que fueron recogidas en la redacción definitiva. En cambio, a los restantes treinta y seis capítulos los conocí después de su publicación. "Como tengo disidencias con lo expresado en algunos capítulos, como, por ejemplo, los referidos a fertilización asistida, criopreservación y experimentación de embriones, anticoncepción y aborto, me preocupa que por la circunstancia de figurar en la nómina de relatores se pueda considerar que adhiero a todo el contenido del Código. La denominación de relator me enteré en el acto de la presentación del mismo (25-6-2001)" Finalmente, con el "único objeto de evitar interpretaciones equívocas que me atribuyen enfoques reñidos con la visión ética que he sustentado a lo largo de toda mi actuación profesional", solicita que la Asociación Médica Argentina, "a través del medio que resulte más adecuado", deje "perfectamente en claro" su auténtico pensamiento científico. Del Consorcio de Médicos Católicos En su carácter de presidente del
Consorcio de Médicos Católicos, el doctor Carlos Carranza Casares, esta vez
acompañado por numerosos socios, dirigió una nota de parecido tenor al doctor
Hurtado Hoyos, donde le manifiesta "nuestra angustia y preocupación" por el
referido Código de Etica Médica", que tiene "varios capítulos que están en
contra de los principios de deontología médica natural antropológica y más aun,
de la deontología médica cristiana. Si bien figuran artículos que fijan
perfectamente la dignidad de la persona humana, hay otros que no respetan el
valor de la vida humana y los derechos naturales que a ella le corresponden.
Estos derechos, por ser indelegables e imprescriptibles, no pueden quedar
sujetos a interpretación u opinión de alguna o muchas personas, sean éstas
mayoría o minoría". Junto con el doctor Carlos Carranza Casares, suscriben dicha nota los doctores Angel Centeno, Horacio Navarro Pizzurno, Hilda Bracamonte Roldán, Héctor Gustavo Berri, María del Carmen Cartazzo, Carlos A. Ray, Jorge A. Fernández Cronerbold, Roberto Dabusti, Oscar M. Noguera, Susana Paz de Vaucheret, Daniel Ureña, Oscar Botta y Ernesto Beruti; como así también el presbítero Juan Claudio Sanahuja, viceasesor del Consorcio de Médicos Católicos. Una visión puramente natural Además de suscribir la nota anteriormente mencionado, el doctor Angel Centeno oportunamente hizo llegar a la Asociación Médica Argentina su posición en igual sentido, que no se basa -recalcó- en "una consideración ideológica o religiosa (que la tengo por supuesto) sino en una visión puramente natural o biológica, que es la del derecho a la vida de todo ser humano desde la concepción. Creo entonces que un código futuro debe mantener lo expresado en el anterior: 'al médico le está determinantemente prohibido por la moral y por la ley la interrupción del embarazo en cualquiera de sus épocas". Renuncia del doctor Devoto El doctor Raúl A. Devoto, de importante actuación en el campo profesional y universitario, rector -entre otros altos cargos- de la Universidad de Buenos Aires y miembro vitalicio de la Asociación Médica Argentina, tras leer "atentamente el 'Código de Etica para el Equipo de Salud' ", en nota enviada al titular de dicha asociación expone los motivos de su disidencia del mismo. Entre otros conceptos, manifiesta que "un Código de Moral o Etica no puede ser un conjunto de reglas de conducta a las que confiere fuerza de ley el consenso sobre supuestas verdades, logrado, ese consenso, por un grupo de legisladores a partir de las opiniones ('aserciones basadas en razones simplemente probables y formuladas con riesgo de errar') formuladas por cada uno de ellos". Los fundamentos de su disenso abarcan
otros particulares también, como "que sea el médico quien aconseje o prescriba
métodos que impiden artificialmente la propagación de la vida". Por todo lo
cual, eleva su renuncia como miembro de la Asociación Médica Argentina. "Lo hago
con pesar -concluye- en el Respuestas de la A.M.A. El presidente de la Asociación Médica Argentina, profesor doctor Elías Hurtado Hoyo, contestó la nota del doctor Carlos Carranza Casares, a quien en primer término agradece "su contribución al Código de Etica para el Equipo de Salud... la cual ha sido muy tomada en cuenta para la redacción final de los capítulos 33 y 34 ("Del cuidado del paciente incurable" y "De la Eutanasia y del Suicidio Asistido"). "Con respecto a su disenso con otros capítulos -agrega-, le agradeceremos nos haga llegar las observaciones pertinentes a cada uno de los artículos que corresponda para poder ampliar la información que nos solicita y poder continuar a sus efectos." También suscriben dicha nota los doctores Jorge F. Yansenson y Horacio A. Dolcini, directores del Código de Etica. Por otra carta, A.M.A., con las mismas
firmas arriba citadas responde al presidente del Consorcio de Médicos Católicos,
doctor Carranza Casares, diciendo que "desde ya lamentamos los disensos que les
originamos por vuestra postura religiosa", pero aclarando que "en nuestra
organización existe para los miembros la libertad política, de razas y credos, e
igualdad de sexos, por lo que comprenderán que los redactores convocados
(médicos, juristas, psicólogos, farmacólogos, etc.) y los directores deben
expedirse Agrega dicha respuesta que "por otra parte sería muy útil que nos especificasen los artículos del disenso y los de consenso para poder en un futuro próximo profundizar dichos temas con el único propósito de vivir y trabajar juntos aun en una convivencia con disenso". No es cuestión religiosa Cabe recordar que las tres notas del disenso, arriba citadas, destacan (expresa o tácitamente) que el descontento respecto de dicho Código no está basado solamente en cuestiones religiosas, sino en "principios de la deontología médica natural antropológica" (nota del Consorcio de Médicos Católicos). Por su parte, el doctor Devoto aclara "que mi disenso con gran parte de los contenidos del Código no se origina -como algunos podrían suponer- en tan sólo mis convicciones religiosas. Las que por otra parte no pretendo imponer a nadie... sino en la Ley moral natural, cuyas normas le indican claramente (a todo hombre, religioso o no) lo que en el ámbito de la Etica debe hacer y lo que ha de evitar para quedar en paz con la propia conciencia, más allá de lo que cada cual decida realizar o dejar de hacer sobre la base de su propio juicio". La nota en que el doctor Devoto fundamenta su disenso al tiempo que renuncia como socio vitalicio, es de fecha más reciente que las anteriormente resumidas: 25 de julio de 2001; lo que explicaría que aún no haya obtenido respuesta. Un código de ética, antiético El boletín electrónico "Noticias
Globales" Nº 316, del 18 de julio de 2001, que dirige Juan Claudio
Sanahuja, con el título "La Asociación Médica Argentina acepta el aborto
eugenésico", dice: "El 25 de junio pasado la El texto, con una redacción mediocre que en algunos casos permite peligrosas interpretaciones ambiguas, es una claudicación de la tradicional entidad ante la cultura de la muerte. "El nuevo código admite, por ejemplo, entre otras cosas, el llamado derecho a la procreación (art.441); la donación de óvulos y espermatozoides, en el caso de la fecundación asistida (art.443); acepta, con autorización judicial, la transferencia de embriones a una mujer de quien no son los óvulos fecundados (art.458); acepta la maternidad sustituta, siempre que sea no retribuida económicamente (art.465); y admite, en el caso de los pacientes, un ambiguo derecho a la autonomía. "En cuanto al aborto, acepta como éticamente lícitos los autorizados por el Código Penal argentino, y admite el aborto eugenésico, considerándolo equivocadamente legal. Además deja abierta la puerta para un "consenso" del que se podrían derivar otras causales".+ ¿Salud reproductiva? Sus métodos tienen efectos adversos Buenos Aires, AGO 1 (AICA): Un numeroso grupo de abogados, en su mayoría profesores universitarios, efectuaron una presentación ante el Senado para que devuelva a la Cámara de Diputados el proyecto con media sanción de la misma titulado "Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable", por considerarlo nulo desde el punto de vista constitucional. En efecto, sostienen los abogados que la mencionada ley pretende establecer claramente una política de población en el país, al promover el control de la natalidad a través del sistema sanitario público y privado. Ello lo torna inviable, afirman, al resultar según la Constitución Nacional -art. 75, inciso 19, párrafo segundo- exclusiva y excluyentemente competente al Senado de la Nación para entender de manera originaria en cuestiones de población. "Nadie puede argumentar que se trata de un plan de salud", afirmaron los letrados, "ya que los fármacos anticonceptivos que se indican para lograr su cometido, no previenen ni curan ninguna enfermedad. Más bien son ampliamente conocidos los efectos adversos que en muchos casos los mismos registran sobre el organismo humano". Aparte de la objeción constitucional señalada, los docentes han considerado altamente discriminatoria para con los mismos el mencionado proyecto de ley, ya que facultaría a los médicos a no practicarlo por razones religiosas, éticas o morales (objeción de conciencia) supuesto que le estaría negado a todos aquellos que se dedican a la enseñanza. Asimismo, los letrados sostienen que muchos de los métodos allí autorizados violarían tratados internacionales y la legislación penal al permitir métodos abortivos como el dispositivo intrauterino (DIU) o la llamada "píldora del día después" a pesar de afirmar en su texto que los métodos antinatales deberán ser no abortivos. "Lo menos que podemos exigirles como ciudadanos, a quienes pretenden con nuestro dinero regular nuestra conducta, es que respeten la Constitución", afirmaron los reclamantes como razón de su presentación. Firman los doctores Carlos M. Esteva,
Luis María Bandieri, Roberto Castellano, Ana María Lagioja, Olga A. Bassi,
Irineo Jorge Portela, Sylvia Alicia Catalano, Roberto E. Sciocco, Marcela de
Amodel, Pablo Esteban _______________________________ NOTIVIDA, Año I,
01 de agosto de 2001 Editores:
Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja y Lic. Mónica del Río Página
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